PLAN DE DOTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA EN DANZA PARA MUNICIPIOS

DOTACION DE INFRAESTRUCTURA EN DANZA PARA MUNICIPIOS

 

El Ministerio de Cultura en desarrollo del Plan Nacional de Danza estableció en la resolución No. 354 del 17 de febrero de 2015 los fundamentos básicos para la dotación de insumos para el fortalecimiento de la infraestructura cultural para la danza para los municipios.
1.3. ¿Quiénes pueden participar?
Municipios de Colombia propietarios de inmuebles con espacios que tengan vocación para la danza, que desarrollen procesos propios de formación en esta área, y que cuenten con mínimo un formador contratado y una población beneficiaria, y que cumplan con las condiciones técnicas establecidas en el numeral 1.6
1.4. Insumos que serán dotados.
• Piso de madera diseñado con especificaciones técnicas adecuadas para la práctica de la danza.
• Espejo fijo o móvil de acuerdo a las condiciones de infraestructura del espacio postulado.
Carrera 8a No. 8-55 Bogotá, Colombia
Conmutador (57 1) 342 4100 www.mincultura.gov.co
1.5. Descripción de las modalidades de postulación.
Para el proceso de dotación en el año 2016 los municipios podrán participar en las modalidades de postulación detalladas a continuación:
1.5.1. Modalidad 1: Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6 SIN cofinanciación.
Dirigida a municipios de categorías 3, 4, 5 y 6 que postulen espacios físicos destinados para la danza, con un área de entre 80 mts2 y 120 mts2 libres y, con una longitud mínima, tanto de ancho como de largo de 7 metros. En esta modalidad el Ministerio de Cultura aportará el 100% del valor total de la dotación de elementos relacionados en el numeral 1.4.
Nota 1. En el caso, que el Ministerio de Cultura solicite realizar adecuaciones de infraestructura a la sala postulada, como por ejemplo nivelación de piso, pintura, arreglo de ventanas, puertas, muros, techos, humedad, goteras, instalaciones eléctricas, etc., dicha adecuación deberá ser realizada y pagada por el municipio como requisito para participar en el proceso de selección.
1.5.2. Modalidad 2: Municipios de categorías 1 y 2, departamentos y distritos CON cofinanciación.
Dirigido a municipios de categorías 1 y 2, que postulen espacios físicos destinados para la danza, con un área mínima de 80 mts2 libres y, con una longitud mínima tanto de ancho como de largo de 7 metros. En esta modalidad el Ministerio de Cultura aportará el 50% del valor total de la dotación del piso y los espejos. El municipio que se postula financiará con recursos propios el 50% restante del valor de la dotación del piso y los espejos.
Nota 1. En el caso, que el Ministerio de Cultura solicite realizar adecuaciones de infraestructura a la sala postulada, como por ejemplo nivelación de piso, pintura, arreglo de ventanas, puertas, muros, techos, humedad, goteras etc., dicha adecuación deberá ser realizada y pagada por el municipio postulante como requisito para participar en el proceso de selección.
Nota 2. El municipio postulado en la modalidad No. 2, al ser seleccionado y notificado como beneficiario de la dotación por parte del comité técnico de selección, debe aportar el Certificado de Disponibilidad Presupuestal por el valor de la cofinanciación. En caso de no aportar dicho CDP la selección como beneficiario no podrá ser mantenida.

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